México: CONCLUSIONES JURÍDICAS SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO DE EXTINCIÓN DE LyFC

CONCLUSIONES JURÍDICAS SOBRE LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO DE EXTINCIÓN DE LyFC

BOLETÍN DE PRENSA

18 de octubre de 2009

Violación flagrante del orden constitucional, agresión a los trabajadores electricistas, falta de transparencia, abuso de autoridad y desvío de poder constituyen un conjunto de hechos y actos derivados del Decreto de Extinción y Liquidación de Luz y Fuerza del Centro LyFC, cuya medida ilegal produjo el despido colectivo de más de 40 mil trabajadores y la intención de destruir al SME, en medio de una gran conmoción e incertidumbre social.

Las implicaciones de estos eventos, así como el asalto previo a las instalaciones de LyFC, el desalojo de sus trabajadores de guardia y una campaña de falsedades y demérito en contra del SME, presumen una decisión autoritaria de Estado, contraria al constitucionalismo social y al Estado de Derecho, encuadradas en un complejo y delicado escenario de crisis, ofensiva en contra de los sindicatos e inconformidad ciudadana.

En un examen integral del Decreto publicado en el Diario Oficial el 11 de octubre pasado, con vigencia el mismo día, de sus actos previos, motivación, fundamentación y efectos jurídicos se acredita del Poder Ejecutivo una violación expresa al orden constitucional y a los convenios 87 y 105 de la Organización Internacional del Trabajo, en perjuicio de los trabajadores electricistas, el SME y el orden jurídico nacional.

El Decreto refleja más de 25 violaciones a disposiciones constitucionales, entre ellas, a las establecidas en los artículos 1° párrafo primero y tercero, 3 fracción II, incisos a) y b), 5 párrafo primero, 9 párrafo primero, 14 párrafo primero y segundo, 16, 17, 25, 26, 27 párrafo sexto, 28 párrafo cuarto, 29, 70, 71, 72 F, 73 fracciones X, XI, XXIX – E, XXX, 87, 89 fracción I, 90, 93, 123 apartado “A” fracciones XVI, XX, XXII, XXVII y XXXI, 126, 128,129, 133 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

En consideración jurídica de los firmantes, el presidente Calderón extralimitó sus facultades constitucionales y reglamentarias al decretar la extinción y liquidación de la paraestatal, al pasar por alto la intervención del Congreso, en una área considerada estratégica para el desarrollo nacional, así como, al omitir cumplir requisitos de procedibilidad para decretar dicha extinción, que tienen que ver con el diagnóstico y dictaminación de la empresa en cuanto su probable estado de incosteabilidad financiera.

Igualmente el Decreto transgrede la normatividad administrativa al publicarse en día y horario inhábil, en clásico sabadazo, violando las garantías de legalidad, seguridad jurídica y debido proceso, previstos en los artículos 14,16 y17 constitucionales, así como los derechos laborales adquiridos de los electricistas y del SME, establecidos en el artículo 123 Constitucional y en su Contrato Colectivo de Trabajo, ya que no deben ser privados de sus derechos, sino por mandamiento o resolución judicial, motivada y fundada, que cumpla con las formalidades del procedimiento.

Asimismo, resulta totalmente indebido que se responsabilice a los trabajadores de la mala administración de la empresa y se les satanice por las conquistas laborales que consiguieron en casi un siglo de lucha, más aún cuando el Sindicato electricista, había sido el que señalara las graves carencias de suministros de mantenimiento e inversión en infraestructura y de exclusiva responsabilidad del gobierno federal, así como, los subsidios injustificados a empresarios, las altas tarifas a los usuarios domésticos y los costosos beneficios de los directivos de la empresa.

La ilegal desaparición de LyFC se fue madurando en medio de una gran maniobra mediática en contra del gremio y la indebida intromisión del gobierno federal en su proceso electoral interno, violentado su autonomía y libertad sindical, para dejarlos sin defensa, al negarles la toma de nota, y así castigar su oposición consecuente a las reformas laboral y energética, despejando el camino al negocio de la concesión de las redes de fibra óptica en el área del Valle de México, cuyo tejido global es nada transparente, hoy en día.

En ese contexto, cientos de abogadas, abogados y juristas decidimos mancomunar nuestros esfuerzos para auxiliar a los afectados y emitir una declaración y estudio fundados sobre el caso, que ahora damos a conocer, como conclusiones jurídicas que solidariamente serán aportadas al SME y al pueblo de México para la defensa de sus derechos y conquistas laborales, en la proyección de que, con la suma de la lucha legal y política, se revocará el Decreto, se exigirá la salida de la PFP y que se restituya a los trabajadores en su empleo y derechos, porque los derechos laborales son irrenunciables.

Fraternalmente.

POR EL FRENTE AMPLIO DE ABOGADOS Y JURISTAS EN DEFENSA DEL SINDICATO MEXICANO DE ELECTRICISTAS, INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN NACIONAL DE ABOGADOS DEMOCRÁTICOS ANAD, LA UNIÓN DE JURISTAS DE MÉXICO UJM Y OTROS DESPACHOS Y COLECTIVOS DE ABOGADOS Y ABOGADAS: EDUARDO MIRANDA ESQUIVEL, LAURO SOL, MANUEL FUENTES, BARBARA ZAMORA, OSCAR ALZAGA, EDUR VELASCO, EDITH RAMÍREZ, JOSE LUIS CONTRERAS MONTES, PABLO FRANCO, RAÚL JÍMENEZ, MARÍA LUISA CAMPOS ARAGÓN, ARTURO FERNANDEZ ARRAS, JESÚS CERVANTES ESPARZA, MEDARDO BAÑUELOS, HUMBERTO OSEGUERA, GUILLERMO ROGELIO GARCÍA ROMERO, JUAN DE DIOS HERNÁNDEZ MONGE, CESAR DE LEÓN, ANA LILIA BEJARANO, JESÚS TRÁPAGA REYES, MANUEL DE LA ROSA, MARIA DE LA LUZ RIVERA MENDOZA, ENRIQUE LEÓN, GILBERTO HERNÁNDEZ SANTIAGO, ATENOGENES PINEDA ESCAMILLA, ENRIQUE MARTÍNEZ, JAVIER HUERTA, OCTAVIO LOYZAGA Y VARIAS FIRMAS MÁS.

Informes: 044-55-3731-9665 ramramedith@yahoo.com.mx, unionjuristas@hotmail.com, mfuentezmz@yahoo.com.mx

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