Comunicado del Municipio Autónomo de San Juan Copala sobre la reunión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) del 27 de septiembre del 2011.
Avisotv.-Ante la situación de gravedad y urgencia de los desplazados de San Juan Copala y la negativa del Estado mexicano en cumplir las medidas cautelares emitidas por la CIDH desde el 7 de octubre del 2010, el pasado 27 de septiembre del 2011 tuvo lugar en el Hotel Hilton Reforma de la Ciudad de México la reunión de la Comisión Interamericana de Derecho Humanos, presidida por el comisionado Rodrigo Escobar Gil, en seguimiento a las medidas cautelares 197/10 otorgadas a favor de 135 habitantes desplazados del pueblo indígena de San Juan Copala.
La audiencia tuvo lugar luego de que el pasado 19 de Agosto del presente año el Municipio Autónomo de San Juan Copala (MASJC), el Foro Permanente por la Comisión de la Verdad, el Centro de Derechos Humanos Yaxkin y Sakbe, Comunicación y Defensa Para el Cambio, A. C., solicitaron a la Comisión una Audiencia Pública con la presencia del Relator para México Rodrigo Escobar, así como con la presencia del Estado mexicano con la finalidad de presentar la situación de violencia generalizada en contra de la comunidad indígena de San Juan Copala y las localidades autónomas triqui. A finales del mes de agosto la CIDH dio respuesta favorable a nuestra petición llevándose a cabo el día 27 de septiembre de 2011 la reunión mencionada.
La solicitud se hizo en razón de la incapacidad demostrada por el Estado Mexicano de otorgar seguridad y respeto a la comunidad autónoma. A casi un año de emitidas las medidas cautelares MC197-10, el Estado Mexicano ha capturado únicamente a Rufino Juárez, jefe paramilitar de UBISORT, uno de los responsable de la emboscada del 27 de abril en la Sabana. Fuera de esto, no han sancionado a ningún responsable de los ataques al MASJC, a pesar de estar claramente identificados los responsables. Sin embargo, tal es el grado de compromiso del Estado Mexicano con los paramilitares que es previsible que en noviembre quedará libre Rufino Juárez ante una investigación ineficaz y un proceso amañado que tiene por fin brindar un escudo jurídico a este único detenido. Esta omisión por parte del Estado Mexicano incita que sicarios del MULT-UBISORT sigan cometiendo con plena impunidad crímenes en contra de miembros del Municipio Autónomo de San Juan Copala, como el ocurrido el pasado 05 de agosto de este año, en donde fueron asesinados Francisco Ramírez Merino de 35 años, José Luis Ramírez Hernández de 39 y Álvaro Jacinto Cruz de 18 años integrantes de la comunidad autónoma de Agua Fría Copala, Oaxaca.
En esa ocasión también se dio a conocer a la Comisión Interamericana, las acciones en contra de los beneficiarios llevadas a cabo por el gobernador de Oaxaca, Gabino Cue, quien ordenó una represión el 07 de agosto, en contra de mujeres y niños del plantón de la Ciudad de Oaxaca, donde resultaron lesionadas una niña de 3 años, una anciana y una joven triqui.
En ella se expresó por Reyna Martínez Flores y Marcos Albino, a nombre de los 135 beneficiarios, la situación que vive la comunidad triqui autónoma ante la incapacidad del gobierno mexicano para la protección y seguridad que el Estado está obligado a proporcionar y que había sido solicitada expresamente por la CIDH desde el 7 de octubre del 2010.
El Estado mexicano contestó por su parte que para la implementación de las medidas cautelares MC 197-10 de la CIDH se han realizado 17 reuniones de trabajo con los representantes de los beneficiarios, olvidándose de comentar que todos los acuerdos tomados en estas reuniones han sido incumplidos por el Estado mexicano.
El Estado mexicano también se pronunció en contra de la ampliación de medidas cautelares que la CIDH está considerando a raíz de la petición realizada en mayo de este mismo año, aduciendo que ¿Cómo es posible que la CIDH otorgue una ampliación de medidas cautelares al Municipio Autónomo de San Juan Copala, cuando ni siquiera sabemos el paradero o la localización de los 135 de las primeras medidas cautelares? Reconociendo con esto, de manera explícita que si el estado mexicano no siquiera tiene localizados a los 135 beneficiarios de las medidas cautelares, luego entonces, NO HA REALIZADO NINGUNA ACCION PARA PROTEGER SU SEGURIDAD E INTEGRIDAD FÍSICA.
El Estado mexicano reconoció que había otorgado el número telefónico el 060 para casos de emergencia, por si se presentaba algún ataque paramilitar, lo que demostró la poca comprensión de la magnitud del problema.
El Estado mexicano, y en este caso específicamente el gobierno de Oaxaca llamó “mentirosos” a los representantes del Municipio Autónomo cuando estos afirmaron que el desalojo del plantón del Zócalo de la ciudad de Oaxaca, se había dado luego de las amenazas de que sí no “negociaban” el retiro “voluntario” de dicho lugar, el gobierno usaría la fuerza policiaca para desalojar a las mujeres y niños triquis que ahí habitan, basándose en una minuta firmada. El Gobierno de Oaxaca no considera mentira y burla el usar ese argumento en el cual ellos se establece que el campamento podría reinstalarse el 17 de septiembre y que fue impedido por policía estatal. Acusó a Jordán González, un beneficiario herido por los paramilitares en una emboscada en la que murió su esposa embarazada, de estarse “escondiendo” y que por eso no se le ha brindado atención médica.
Ante la errática y poco asertiva intervención por parte del Estado mexicano el Comisionado Rodrigo Escobar Gil de la CIDH declaró sobre la supuesta “falta de identificación de los beneficiarios” aducida por el gobierno mexicano:
“La Comisión con base en los documentos y en las peticiones que se han presentado tiene la identificación de los beneficiarios (…) en realidad los beneficiarios están plenamente identificados (…) Es indudable que existe un conflicto y es un conflicto muy grave y es el deber del estado es adoptar las medidas necesarias para garantizar la vida y la integridad de las personas beneficiadas con estas medidas cautelares”.
Y finalmente dispuso el Comisionado Escobar:
En ese orden de ideas, y ya a amanera de conclusión, y con el propósito de evaluar el cumplimiento y la implementación de las medidas cautelares por parte del Estado yo le voy a solicitar a los representantes del Estado que en un término de 10 días se sirvan informar a la Comisión las medidas que se han adoptado para asegurar la vida y la integridad de los beneficiarios de estas medidas y de los miembros de la comunidad de San Juan Copala. Especialmente, también es importante conocer si existe un sistema de alertas para que el Estado y los organismos de seguridad reaccionen ante cualquier posibilidad o ante cualquier denuncia de riesgo existente en contra de los beneficiarios de las medidas.
También para que se informe a la comisión sobre las medidas que se han adoptado para garantizar el retorno de los desplazados a sus hogares y a su territorio ancestral; también que se informe las medidas de ayuda humanitaria que se hayan adoptado o implementado en relación con la población desplazada, y especialmente las medidas de carácter social en el campo de la alimentación, de la vivienda, de la salud, para garantizar el goce efectivo de los derechos de la población que ha sido víctimas de estos actos de violencia.
Solicitaría que, como existe ya una solicitud formal de ampliación medidas cautelares, le pediríamos al Estado que se nos informe sobre esos puntos”.
Con estas palabras el Comisionado Rodrigo Escobar Gil dio terminada la reunión de trabajo.
A Continuación se presenta la propuesta de solución alternativa del conflicto de San Juan Copala que presenta el Municipio Autónomo a la sociedad y como parte de la misma se anexa la exigencia del reconocimiento a la libre determinación de las comunidades indígenas del Municipio Autónomo de San Juan Copala que se entregó el día de hoy al Presidente de la República, Presidente de la Cámara de Diputados y Presidencia de la Cámara de Senadores, Presidencia del Congreso del Estado de Oaxaca y gobernador de Oaxaca.
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10 puntos para la solución alternativa al conflicto de San Juan Copala
El Estado mexicano no ha buscado atender las causas estructurales del conflicto suscitado en torno al Municipio Autónomo de San Juan Copala. No ha entendido la propuesta de autonomía como una respuesta indígena a su incapacidad por atender el rezago, la inseguridad y la injusticia contra los indígenas. Tampoco ha tenido la capacidad ni la intención de contener la violencia paramilitar que se comete contra la nación triqui.
El Estado tampoco ha podido atender la crisis humanitaria causada por el sitio, asalto y desplazamiento forzado contra poblaciones enteras.
Esta ruta no ha traído ninguna solución al conflicto. Insistir en ella lo único que va a traer en el futuro próximo es un conflicto de proporciones aún impredecibles.
Y sin embargo el problema tiene una solución que pasa por atender algunos elementos básicos:
1.- El Estado debe entender y atender las causas estructurales que dieron origen al problema y por tanto debe reconocer que el pueblo triqui, una porción de este, o cualquier pueblo o comunidad indígena, tiene derecho a escoger libremente las formas de organización que determinen en el marco del Estado nacional. Por lo tanto el Estado lejos de combatir o ignorar al Municipio Autónomo de San Juan Copala le debe brindar toda la asistencia para que pueda lograr su propósito en el marco de los mecanismos legales existentes en México y en el ámbito internacional.
2.- Se debe garantizar el acceso de la población a la jurisdicción del Estado en materia de justicia. El Estado no puede abdicar de sus funciones innatas de brindar protección y seguridad a los habitantes, en cualquier parte del territorio nacional. Se debe proceder de inmediato a la detención de los causantes de las muertes de las dos locutoras de la radio «La Voz que Rompe el Silencio», y de los asesinatos y emboscadas del 1ª de noviembre del 2009, 10 de enero, 16 de abril, 27 de abril, 20 de mayo, 23 de agosto, 11 al 19 de septiembre, 16 de octubre, 29 de diciembre del 2010, entre otros. Con la detención de estas personas se estaría deteniendo a los autores materiales de cientos de asesinatos en la región, producidos a lo largo de numerosas emboscadas en las últimas décadas. Los asesinos, secuestradores y violadores deben ser sometidos a juicio y encarcelados, no importando su filiación política, ni su nivel de interlocución con el actual gobierno, mientras subsista la impunidad nunca se resolverá el problema. Esto implica también detener y encarcelar a los autores materiales e intelectuales de la muerte de Heriberto Pazos, Anastacio Juárez, Maximiliano Bautista Martínez y Julián Martínez Ramírez. No se trata sólo de detener a los que dispararon, sino también de los que dieron las órdenes, el dinero y la cobertura.
3.- Retorno inmediato de todos los desplazados de San Juan Copala a sus hogares, reparación de los daños causados por el cerco y la toma paramilitar del poblado. Reparación del daño económico causado por la pérdida de vidas humanas a las viudas y a los huérfanos. Reparación del daño económico causado por heridas, secuestros y violaciones. Atención a las carencias sociales, económicas, culturales y psicológicas causadas por el cerco y la toma paramilitar de San Juan Copala.
4.- Reestructuración administrativa y territorial en San Juan Copala, reconocimiento de la nueva poligonal política de las comunidades que conforman el Municipio Autónomo de San Juan Copala.
5.- Acciones afirmativas para garantizar la seguridad y protección de los habitantes de esas localidades. Se debe reconocer el derecho de las comunidades triquis a establecer su propia policía comunitaria y la obligación del Estado en la garantía de seguridad para todos los habitantes, garantía que no puede estar fundada en la ocupación militar o policiaca de los poblados, sino en la captura, desarme y encarcelamiento de las bandas paramilitares, independientemente de su filiación política. Debido a la tradicional complicidad de la policía estatal y regional con las bandas paramilitares, las fuerzas que asuman el control deberán actuar conjuntamente, bajo un mando federal y deberán contar con la vigilancia de una comisión de verificación constituida por personal operativo de organismos nacionales e internacionales de defensa de los derechos humanos y de los pueblos indígenas.
6.- Reconocimiento por parte de los actores sociales de que la solución del problema no significa la aniquilación de una u otra organización. Los indígenas triquis tienen derecho a pertenecer a la organización que quieran. El respeto a los espacios y la dignidad de las personas será un elemento básico para mantener la paz que se logre en la región. Detenidos y castigados los elementos que han causado muertes y acciones violentas contra la población triqui, MULT y Ubisort tendrán una importante oportunidad de reconstituirse como organizaciones sociales.
7.- Acabar con el aislamiento de la zona triqui. Un elemento determinante para que la impunidad y el paramilitarismo hayan prevalecido durante tantas décadas en territorio triqui, es el aislamiento intencional al que han sido sometidos. En toda la región triqui perteneciente a las comunidades que conforman el Municipio Autónomo de San Juan Copala no hay un sólo teléfono celular que funcione. Los teléfonos fijos establecidos en algunas otras localidades son imposibles de usar debido a la violencia contra los integrantes del Municipio Autónomo. El Estado mexicano debe de inmediato a) Dotar preventivamente de teléfonos satelitales a las autoridades de las comunidades autónomas triquis en el área de conflicto. b) Restituir y ampliar el servicio de telefonía rural en San Juan Copala, una vez realizado el retorno de los desplazados, y en las demás comunidades del Municipio Autónomo. c) Establecer el servicio de telefonía celular normal en toda la región. d) establecer el servicio de Internet en todas las comunidades del Municipio Autónomo. e) Restituir y garantizar la seguridad para la radio comunitaria “La Voz que Rompe el Silencio”. f) dar garantías de seguridad al libre tránsito de vehículos, bienes y personas, mediante el mecanismo planteado en el punto seis. g) Restaurar y proteger la carretera que va de Putla a Juxtlahuaca y que cruza toda la región Triqui Baja. Esta carretera debe ser un punto de certeza de seguridad para los habitantes de la región y no el escenario de las emboscadas de las bandas paramilitares.
8.- Suspender cualquier concesión o permiso de explotación o exploración de recursos minerales que se haya dado en el territorio de las comunidades triquis organizadas en Municipio Autónomo. Cancelar los permisos de explotación de los recursos forestales y de todo tipo de recursos naturales por personas o empresas ajenas a las comunidades autónomas.
9.- El Congreso de la Unión, por medio de la Comisión Plural para el Tema de San Juan Copala debe brindar todos los recursos necesarios con el objeto de que el Municipio Autónomo de San Juan Copala pueda contar con la asesoría legal y multidisciplinaria del más alto nivel a fin de que pueda integrar su demanda de autonómica del pueblo triqui. El Congreso del estado de Oaxaca deberá responder a esta demanda con toda prontitud, diligencia y en estricto apego a las leyes.
10.- Debe establecerse un procedimiento de verificación del cumplimiento de las propuestas aquí vertidas, conformado por organismos de derechos humanos a nivel internacional.
La paz sólo es posible como resultado de la justicia y el respeto a la dignidad de las personas. Esto es el elemento que debemos considerar si queremos avanzar en la dirección de la solución del dramático conflicto de San Juan Copala.
El Estado mexicano no puede seguir pretendiendo ignorar que en San Juan Copala tenemos la expresión más nítida de un genocidio contra un pueblo indígena y la cantidad proporcionalmente mayor de asesinatos frente a un movimiento social.
Por acuerdo de la Reunión de Autoridades de las Comunidades del Municipio Autónomo de San Juan Copala.
Consejo Comunitario Autónomo.
Municipio Autónomo de San Juan Copala.
Zona triqui baja.
Septiembre del 2011.