APRUEBA ASAMBLEA LEGISLATIVA LEYES DE FOMENTO AL CINE MEXICANO Y DE FILMACIONES QUE VIOLAN LA CONSTITUCIÓN MEXICANA Y ATENTAN CONTRA LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN
Por José Luis Colín
Avisotv.- En nombre de un supuesto apoyo a la industria cinematográfica en México y agilizar presuntamente los procedimientos administrativos vinculados con la planeación, filmación y producción de obras audiovisuales, el Pleno de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó durante este mes, el complementar de la Ley de Fomento al Cine Mexicano y de Filmaciones con un Fideicomiso de Promoción y Desarrollo del Cine Mexicano en el DF, lo que confirma a la Ciudad de México en uno de los lugares más atrasados y antidemocráticos en la legislación cultural de América latina.
La primera de estas leyes dice tener por objetivo regular las acciones de promoción, fomento y desarrollo del cine mexicano en la Ciudad de México. Para ello, se mandata al Jefe de Gobierno, Marcelo Ebrard Casaubón, aprobar y publicar en la Gaceta Oficial el Programa de Fomento, Promoción y Desarrollo del Cine Mexicano; destinar los recursos necesarios para su cumplimiento y promover la participación de los sectores público, social y privado, entre otros.
El jueves 17 de diciembre Diputados del Partido de Acción Nacional, Partido de la Revolución Democrática y Partido del Trabajo anunciaron estas iniciativas con la notoria ausencia de representantes de la Secretaria de Cultura de la Ciudad de México, Elena Cepeda de León, y de los gremios y productores de cine más conocidos. A ésta Secretaría le corresponderá coordinar la ejecución de la política cultural del cine mexicano, crear el fideicomiso y mantener discrecionalmente una red de salas en la ciudad. Aparentemente la reunión no fue convocada oficialmente por la diputada Edith Ruiz Mendicutti, presidenta de la Comisión de Cultura de la misma Asamblea. Esta ley da la libertad prácticamente discrecional a las autoridades para dar estímulos a las producciones que en su opinión tengan valor artístico o cultural para la entidad y pone en marcha un programa de más impuestos y más gravámenes locales.
Sin embargo, para este proyecto no fueron convocadas ni consultadas las redes de cineclubes comunitarios ni la mayoría de las organizaciones gremiales de la industria cinematográfica, por lo cual tenemos serias dudas sobre el impacto democrático y la transparencia de esta iniciativa.
El Fideicomiso de Promoción y Desarrollo del Cine Mexicano en el DF (PROCINEDF), estará adscrito a la Secretaría de Cultura pero mientras que seguramente puede aumentar el aparato y gasto burocrático no aportará una base legal apropiada para promover y permitir la participación de todas las expresiones cinematográficas significativas de la ciudad ni garantizará que el cine llegue a los ciudadanos de la localidad. El nuevo fideicomiso administrará los recursos que se integrarán con la aportación inicial que el GDF determine, los que señale el Presupuesto de Egresos, y posibles aportaciones de los sectores público, privado, así como un 50 por ciento de recursos obtenidos anualmente por los permisos otorgados para filmaciones. Sin embargo, los gremios autónomos, productores y prensa cultural no fueron consultados para la elaboración de estas iniciativas ni parece que tendrán participación significativa en la toma de decisiones para el desarrollo de su industria. Esto es grave, dado que la cultura en la ciudad de México ha decaído mucho en los últimos años por causas de diversa índole, entre ellas leyes frívolas, mal planificadas y elaboradas sin consultar a la comunidad local de creadores culturales. Por otra parte, una vez más aumentan los gravámenes mientras los servicios se privatizan o encarecen. Cada vez más aumenta el gasto del aparato burocrático y se reducen los apoyos directos y efectivos a los creadores.
Los recursos del PROCINEDF se presume que se destinarán al otorgamiento de capital, crédito o estímulos económicos a las actividades de promoción, exhibición y difusión del cine mexicano. La toma de decisiones, y la administración de los recursos, sin embargo, serán lejanas una vez más a los gremios y a los productores.
La Ley de Filmaciones en el Distrito Federal regula y grava aún más las acciones del sector audiovisual en sus diversas manifestaciones, con el presunto objetivo de mejorar los servicios públicos y agilizar los procedimientos administrativos vinculados con la planeación, filmación y producción de obras audiovisuales.
La Comisión de Filmaciones de la Ciudad de México será un órgano desconcentrado más, de los muchos que últimamente y quizá sin necesidad proliferan, estará adscrito a la Secretaría de Cultura y tendrá como fin contribuir al desarrollo de la industria audiovisual en sus diversas manifestaciones. La dirección general de esta comisión, según la legislación vigente, será designada discrecionalmente por el Jefe de Gobierno, a propuesta de la Secretaría de Cultura, sin consultar a los gremios ni a los creadores de una manera convincente. Esto coloca a las leyes de cinematografía de la ciudad de México entre las más verticales y atrasadas en América latina.
Para poder filmar en la calle de la Ciudad de México, precisa la ley, es necesario presentar a esa comisión el Aviso de Filmación o haber obtenido un Permiso. Se señala que toda filmación fuera de esta ley está prohibida y que tampoco se permitirá filmar a quienes no estén en el padrón de filmadores de la Ciudad de México, lo cual parece ignorar el derecho de la libertad de expresión que está sustentado en la Constitución Mexicana y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.
Además, se requiere permiso y pago de derechos de filmación cuando ésta se realice en la vía pública o cuando los vehículos de la producción impidan la circulación parcial o total del tránsito vehicular o se estacionen en lugares con restricciones específicas. En el Código Financiero se establecen las cuotas para la expedición del permiso. Se prevé que el pago de derechos aumentará en 50 por ciento cuando la filmación solicitada se lleve a cabo en el perímetro vial del Centro Histórico. Otras críticas a esta ley advierten que en lugar de brindar apoyos a la muy debilitada industria cinematográfica se inventan cada vez más nuevos cobros y nuevos trámites que dificultan cada vez más su desarrollo.
Para refexionar
FILMACIONES DEL DISTRITO FEDERAL
(Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de febrero de 2009)
CAPÍTULO II
DEL CONSEJO DIRECTIVO
Artículo 14.- El Consejo Directivo, es el órgano de gobierno de la Comisión de Filmaciones de
la Ciudad de México y estará integrado por:
I. La o el titular de la Secretaría de Cultura o su representante, quien lo presidirá;
II. La o el Director General de la Comisión Filmaciones, quien fungirá como Secretario
Técnico y sólo contará con derecho de voz;
III. La o el titular de la Secretaría de Gobierno o su representante;
IV. La o el titular de la Secretaría de Finanzas o su representante;
V. La o el titular de la Secretaría de Seguridad Pública o su representante;
VI. Las o los representantes de los siguientes gremios:
a. Productores de cine;
b. Productores de televisión;
c. Productores de comerciales;
d. Escuelas de cine en el Distrito Federal;
e. Documentalistas;
f. Sociedades cooperativas de producción audiovisual; y
g. Videoastas.
Los representantes del sector audiovisual serán designados por el Jefe de Gobierno del Distrito
Federal, previa consulta al gremio respectivo. Ocuparán su cargo por un periodo de dos años,
prorrogable hasta por un período adicional. Su participación en el Consejo será de carácter
honorífico, por lo que no recibirán ninguna contraprestación económica o material, y sus
servicios no originarán ninguna relación laboral con la Secretaría o la Comisión.
Las reglas de operación del Consejo determinarán el procedimiento de designación de los
representantes del sector audiovisual.
(Pareciera que esta ley autoriza al gobierno a elegir a sus representantes e interlocutores, o sea, no hay clara representatividad de los gremios, creadores o sociedad civil)
Artículo 5.- En el Distrito Federal queda prohibida la filmación que no se realice en los
términos y condiciones previstos en esta Ley y su Reglamento.
Artículo 33.-Las causas para no otorgar el Permiso son las siguientes:
I. Que no se haya cubierto o garantizado el pago de los derechos correspondientes;
II. Que previamente se haya otorgado un Permiso de Filmación para la misma locación y
en la misma fecha;
III. Que por razones de orden público y seguridad, la vía pública no puede ser utilizada
para una filmación en la fecha solicitada por el productor;
IV. Que el productor esté impedido para solicitar el Permiso por haber sido dado de baja
del Registro de Productores;
(Y el derecho constitucional a la libertad de expresión?)