U N T C I P
Unión Nacional de Trabajadores de Confianza de la Industria Petrolera
DOCUMENTO PRESENTADO EN LA SESIÓN DEL PARLAMENTO DE DERECHOS HUMANOS EFECTUADA EN EL AUDITORIO SUR DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS, EL 28 DE MAYO DE 2009.
El viernes pasado (22/5/09), se dictó la resolución del Amparo Directo que la Unión Nacional de Trabajadores de Confianza de la Industria Petrolera, UNCIP, promovió en contra de la sentencia del Primer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa del Primer Circuito. La resolución fue negativa, o sea nos negaron el amparo.
Quisiera recordar porque presentamos una demanda de nulidad del contrato que el 14 de noviembre de 2003, Pemex Exploración Producción firmó con REPSOL Exploración México, S.A. DE C.V., denominado Contrato de Obra Pública Sobre la Base de Precios Unitarios, por un monto de 2,437,196,256.00 dólares, por un período de 20 años con posibilidad de ampliación. En ese contrato firmó como obligada solidaria Repsol Exploración S.A., que se autodefine como una sociedad debidamente constituida de acuerdo a las leyes de España.
El CONTRATO se denomina de obra, pero en realidad es un Contrato de explotación, un elemento que lo indica, es su duración, pues no hay obra que dure 20 años, que es precisamente el plazo del CONTRATO, que además es susceptible de prorrogarse por 5 años más.
El Área de Trabajo, ubicada en la Cuenca de Burgos, se encuentra en explotación desde hace varios años, por lo que cuenta con pozos productores, unidades de separación, estaciones de compresión, gasoductos, gasolinoductos, e instalaciones de procesamiento. Previamente a la celebración del CONTRATO todas esas actividades se desarrollaban por personal adscrito a las subsidiarias de PEMEX, por lo que se liquidó o jubiló anticipadamente a nuestros compañeros y se cedió a Repsol la infraestructura con la que se contaba en el Área de Trabajo para que continuara la extracción y producción de gas y otros hidrocarburos durante 20 años. Esa cesión, es una flagrante violación a los Artículos 27, 28 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 1º, 2º, 3º, 4º y 16 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; así como de los Artículos 1º, 2º, 3º, y 4º de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, entre otros ordenamientos.
El CONTRATO establece que REPSOL deberá extraer la máxima cantidad posible de gas natural y entregarlo a PEP. Es decir, REPSOL entregará el gas a PEP después de un ciclo completo de producción, el cual va desde la exploración hasta el procesamiento del gas, pasando por la fase de extracción.
Repsol reemplaza a PEP como operador en la búsqueda, producción y procesamiento de gas natural. PEMEX cede a un tercero el derecho exclusivo de explotación que el Artículo 27 Constitucional le otorga al Estado.
El CONTRATO desplaza a PEMEX de la actividad que es la razón de su existencia: la explotación de los hidrocarburos, pues es evidente que REPSOL, cuya obligación es entregar el gas, es el productor, la empresa operadora y la encargada de la exploración y la explotación.
Lo anterior viola flagrantemente el párrafo 6° del artículo 27 Constitucional que a la letra dice “Tratándose del petróleo y de los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos o gaseosos o de minerales radiactivos, no se otorgarán concesiones ni contratos, ni subsistirán los que en su caso se hayan otorgado y la Nación llevará a cabo la explotación de esos productos, en los términos que señale la Ley Reglamentaria respectiva.”
Si lo anterior es sumamente grave, también lo es lo que el contrato establece en la cláusula 35.3
“Todas las controversias, disputas, reclamaciones o conflictos que surjan de, estén vinculadas o conectadas con, o tengan relación con el presente Contrato, su interpretación, ejecución y/o cumplimiento, incluyendo aquéllas relacionadas con la designación del Perito Independiente o con las decisiones que éste emita en caso de que una de las Partes no esté conforme con la determinación del Perito Independiente, incluyendo cualquier controversia que surja en virtud del Anexo I, deberán ser resueltas exclusivamente mediante arbitraje institucional con sede en la ciudad de París, Francia, de acuerdo con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, quedando entendido que PEP expresa e irrevocablemente renuncia, en la forma más amplia de acuerdo con lo permitido por las Disposiciones Aplicables, al fuero o a cualquier posible inmunidad, incluyendo inmunidad soberana o de jurisdicción, que pudiera corresponderle…
Es indiscutible que el contrato viola flagrantemente nuestra Constitución, si viviéramos en un país en el que se respetaran las leyes, la UNTCIP hubiera ganado la demanda, pero no es así, el estado de derecho no existe, los ladrones y narcotraficantes están libres, los luchadores sociales en la cárcel hasta por 112 años. Se criminaliza la protesta, se reprime a los movimientos sociales, se detiene y declara culpables a través de los medios de comunicación, sin más argumentos que los de un testigo protegido, como en tiempos de la inquisición. El principio de que se es inocente hasta que no se demuestre lo contrario, ha sido trastocado, hemos regresado al “primero mátenlos, luego virigüan”, ahora, primero eres culpable hasta que no se demuestre lo contrario. La expulsión del Dr. Miguel Ángel Beltrán a Colombia, violando el derecho internacional y nuestra propia legislación, es algo que no se había visto ni con los gobiernos corruptos del PRI. El desempleo crece, los derechos laborales se reducen, lo derechos humanos se violan todos los días, vivimos una crisis social, política, económica, financiera, cultural, ambiental y moral.
A pesar de lo que digan los jueces que defienden los intereses de las trasnacionales, sostenemos que ninguna Ley Secundaria puede estar por encima de la Constitución, que es lo que se pretende con las modificaciones que se realizaron mediante la mal denominada reforma energética que calderón presentó en la cámara de Senadores y fue avalada por ésta, por eso vamos a ir a la última instancia legal que nos queda, la revisión del amparo, tenemos 10 días para solicitarla, lo vamos a hacer. No nos vamos a rendir, vamos a seguir adelante, proponiendo alternativas viables para el mejor funcionamiento de nuestra industria y nuestro país, organizándonos, estudiando, preparándonos para las luchas que vienen, porque el pueblo no resiste más neoliberalismo y cuando llegue la hora, ahí estaremos.
¡¡¡HASTA LA VICTORIA SIEMPRE!!! ¡¡¡VENCEREMOS!!!
Por una industria petrolera integrada y nacional
Ing. Silvia Ramos Luna